Hasta no hace mucho tiempo, cuando pensábamos en bicicletas, la imagen que nos venía a la mente era la de los paseos en bicicleta en verano (ahí Fernando Fernán Gómez tuvo mucho que ver), la de eventos deportivos como la Vuelta a España, el Tour de Francia, o los Juegos Olímpicos, (que se están celebrando en estos momentos en Tokio).
Sin embargo, con los años, la bicicleta ha pasado de ser un vehículo utilizado para el ocio o las condiciones deportivas casi en exclusiva, para convertirse en un medio de transporte habitual y sostenible para millones de personas. Así lo ponían de manifiesto en 2019 la DGT y la RCxB (Red de Ciudades por la Bicicleta) cuando hicieron público el Barómetro de la Bicicleta en España, en el que destacaba que hay 20 millones de españoles que utilizan la bicicleta "con alguna frecuencia”.
De entre estos usuarios habituales de bicicleta, hay un buen número de trabajadores que desarrollan su actividad en bicicleta, ya sean trabajadores públicos (policía, protección civil, agentes de parques, etc.) y trabajadores del sector privado como, por algunos repartidores de comida a domicilio, conocidos comúnmente como “riders”.
En cualquier caso, todo empleador tiene la obligación de evaluar los riesgos presentes en el ámbito de trabajo, y en caso de no poder eliminarlos por otras vías, utilizar el equipo de protección individual (EPI) que se adecúe al tipo y nivel de riesgos presentes.
En el caso de los ciclistas, uno de los riesgos principales a los que se exponen (al margen de las inclemencias climatológicas o al riesgo de no ser lo suficientemente visibles) es a la posibilidad de sufrir una caída.
Una de las partes del cuerpo más expuestas a una lesión severa en caso de caída, a las velocidades que suele alcanzar una bicicleta, es el cráneo. Por lo tanto, y si no se encuentra otro medio para prevenir la materialización de este peligro (cosa casi imposible), los trabajadores que desarrollen su actividad sobre una bicicleta deberán hacer uso, como mínimo, de un casco.
Cuando hablamos de cascos de bicicleta, un buen número de personas piensa que, al ser un equipo que suele ser usado en el ámbito privado o deportivo, no tiene la consideración de EPI según se establece en el Reglamento (UE) 2016/425. Sin embargo, este reglamento no hace distinciones entre el uso privado o profesional de los equipos, por lo que debemos exigir los mismos requisitos de seguridad a un casco para ciclistas que a un casco de seguridad.
A continuación, damos algunas pautas que nos permitirán familiarizarnos un poco más con este tipo de EPI que, poco a poco, se va haciendo un hueco, tanto en el ámbito personal, como profesional.
A continuación, presentamos una lista de elementos básicos que nos permitirán conocer mejor el tipo de EPI que servirá a modo de orientación a la hora de realizar una selección de los cascos para ciclistas.
Los cascos para ciclistas debidamente certificados cumplen con las exigencias antes citadas y, además, han debido superar todos los ensayos que contenga la EN 1078 para satisfacer los requisitos de salud y seguridad de la legislación vigente. Dicha norma exige una serie de requisitos a estos cascos, los cuales pasamos a mencionar brevemente:
Los cascos de protección para ciclistas constituyen un elemento de seguridad decisivo a la hora de evitar lesiones en el cráneo en caso de una caída. Pese a que muchas ordenanzas municipales no obligan a hacer uso de este equipo mientras se circule en vía urbana, a nadie se le escapará que su uso puede evitar más de un disgusto a muchos ciclistas.
Por otro lado, es preciso recordar que siempre que un trabajador esté expuesto a algún tipo de riesgo durante el desempeño de sus labores (como el caso de una caída de bicicleta, si éste es vehículo habitual en su trabajo), deben estar debidamente protegidos ante la eventualidad de sufrir una caída. En el caso de la protección de la cabeza, en casi la totalidad de los casos, esta necesidad de protección implicará necesariamente el uso de un casco de protección.
Indistintamente de que el casco vaya a usarse en el ámbito profesional o particular, es absolutamente fundamental asegurarnos de que el casco de que vayamos a disponer supere las exigencias mínimas que hemos mencionado en esta entrada del blog, y que se nos haga entrega del mismo con el marcado y la información mínima que aquí hemos citado, ya que, de otra manera, su efectividad como elemento de seguridad se verá severamente menoscabada.
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